sábado, 17 de noviembre de 2018

TARJETA AZUL


Se trata de un título de transportes contenido en una tarjeta sin contacto de características similares a la Tarjeta Transporte Público, dirigido a ciudadanos empadronados en el municipio de Madrid que cumplan determinadas características de edad o discapacidad, y con un límite de renta. Se solicita a través del Ayuntamiento de Madrid, y es de utilización exclusiva en los servicios de Metro de Madrid (zona A), Empresa Municipal de Transportes de Madrid y Metros Ligeros de Madrid (ML1).

REQUISITOS:
1.- Estar empadronado o empadronada en el municipio de Madrid
2.- Pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
·         Mayores de 65 años
·         Pensionistas por razón de edad, gran invalidez o invalidez permanente
·         Cónyuge o pareja de hecho de beneficiarios englobados en las dos categorías anteriores, careciendo de ingresos económicos
·         Personas con discapacidad (grado de minusvalía del 33% o superior), mayor o menor de 18 años.
·         Personas valoradas como dependientes, en cualquiera de sus grados.
3.- Los ingresos totales individuales se ajustarán, de acuerdo con la información que obre en poder de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el momento de la solicitud, a los siguientes requisitos
·         Para personas mayores de 65 años y pensionistas por razón de edad, no deberán percibir ingresos totales individuales, una cantidad superior a una vez el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
·         Para personas con discapacidad igual o superior al 33%, los ingresos totales individuales no deberán ser superiores a tres veces el IPREM.
·         Para pensionistas por gran invalidez o invalidez permanente de la Seguridad Social o de clases pasivas (debido a su equiparación a persona con discapacidad igual o superior al 33%) los ingresos totales individuales no deberán ser superiores a tres veces el IPREM
·          Para las personas menores de 18 años discapacitadas o dependientes no se requerirá requisitos de ingresos de padres o tutores.
·         Para las personas valoradas como dependientes, en cualquiera de sus grados, no percibir ingresos totales individuales una cantidad superior a una vez el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
El concepto de Ingresos Totales incluye la percepción de Renta procedente bien de Rendimientos de Trabajo, Pensiones, Rendimientos bancarios, Rendimiento de capital mobiliario, Ganancias Patrimoniales sometidas a Retención, etc. Puede consultar los supuestos e ingresos máximos el apartado Documentación asociada. En caso de que el solicitante haya realizado declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se considerará que sus ingresos totales individuales a estos efectos son del 50% de los ingresos totales incluidos en dicha declaración (véase documentación asociada).

La Tarjeta Azul se solicita de forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano Línea Madrid, mediante petición de cita previa.
Una vez tramitada, el interesado recibirá en su domicilio, por correo postal ordinario y de forma gratuita, la nueva Tarjeta Azul de Transporte Público sin contacto.
Las incidencias con la Tarjeta Azul de Transporte Público pueden resolverse en cualquiera de las Oficinas de Gestión, exceptuando las situadas en las oficinas de EMT, la estación de Colonia Jardín, y los estancos. Antes de acudir a las Oficinas de Gestión, y para evitar esperas innecesarias, es recomendable solicitar cita previa en el siguiente enlace: tarjetatransportepublico.crtm.es
Para utilizar la nueva Tarjeta Azul, hay que cargar el título de transportes, operación que puede realizarse en las máquinas automáticas de las estaciones de Metro de Madrid (zona A), en los cajeros y en los estancos autorizados.
Para cualquier duda, puede contactar con nosotros en el teléfono 012 ó en el email tarjetaazul@crtm.es.

Tarifas

Primera obtención de la tarjeta: gratuita.
Carga de 30 días: 6,20 euros.


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